Empleados en Colombia con contrato fijo o por días tendrán prima de Navidad
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Visitar sitioLa norma aclara sí se paga la prima de Navidad en el país para las personas con contrato a término fijo, incluso, a conductores.
En cerca de dos semanas se entregará la prima de diciembre en Colombia para algunos trabajadores. Recuerda la normativa vigente que el pago depende del tipo de contrato que tiene el empleado, pero, en todos los casos, debe respetarse el derecho adquirido del empleado.
Este pago deberá hacerse en la primera quincena de diciembre y corresponde al cálculo de los días trabajados durante el semestre.
La prima de Navidad de Colombia se calcula de la siguiente manera: salario mensual + promedio otros conceptos salariales + auxilio transporte todo esto se debe multiplicar días laborados y luego dividirlo 360.
Con esto de base, independientemente de que sea un contrato a término indefinido o fijo, todos los empleados que están bajo contrato laboral, y que su contrato no indique que su asignación es integral, tienen derecho a recibir esta prestación, recuerdan desde Buk.
Los tipos de contrato en los que se paga la prima de Navidad en Colombia
- Trabajadores con contratos laborales regulares en empresas públicas o privadas
- Empleados con contratos a término indefinido, fijo, o por obra o labor
- Trabajadores de servicio doméstico y conductores
- Empleados por días
¿El tiempo límite para pagar la pima de Navidad en Colombia?
Dice el Código Sustantivo del Trabajo que la segunda prima del año debe pagarse antes del 20 de diciembre y corresponde a 15 días de sueldo por los últimos 6 meses trabajados del año.
(Vea también: Confirman prima que les debe llegar a empleadas domésticas en diciembre; así es cálculo)
“Si el empleador no paga la prima de servicios en el tiempo estipulado, deberá indemnizar al trabajador con una cifra equivalente a un día de salario por cada día de mora. Esto no solo representa un costo adicional para la empresa, sino que también afecta la relación laboral y el bienestar del trabajador”, añade Buk, gestora de talento humano.
Y, así mismo, la ley colombiana no permite aplazar el pago de la prima de Navidad en Colombia.
“Los plazos establecidos son obligatorios, y cualquier acuerdo para diferir el pago podría ser ilegal y dar lugar a sanciones. Asimismo, cualquier situación planteada por una empresa que sugiera el aplazamiento de estos pagos podrá ser demandada ante el Ministerio del Trabajo”, dice la firma sobre la prima de Navidad en Colombia.
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